Sustracción de menores

Generalmente se trata de una sustracción internacional de menores cuando un menor de 16 años ha sido trasladado desde su Estado de residencia habitual al extranjero sin el consentimiento de su tutor, o no ha sido restituido desde el extranjero después de la finalización del derecho de visitas.

Autoridad que tramita los casos de sustracción de menores

Funciones del Ministerio de Asuntos Exteriores en virtud de la ley de servicios consulares

Si el menor ha sido trasladado a un Estado no contratante del Convenio de La Haya sobre la sustracción de menores, el Ministerio de Asuntos Exteriores ayudará en el esclarecimiento de la sustracción del menor. Las actuaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de las representaciones diplomáticas de Finlandia vienen estipuladas en el Art. 31 y 32 de la ley de servicios consulares (en inglés).

Los procedimientos para la restitución de un menor, estipulados en el Convenio de La Haya sobre la sustracción de menores, no son aplicables en los Estados no adheridos al convenio. En esos casos, los requisitos para la restitución del menor se basan en la legislación nacional del Estado destino. Por ello, las posibilidades del Ministerio de Asuntos Exteriores para ayudar en la restitución del menor son limitadas. 

¿Qué pueden hacer las representaciones diplomáticas?

Las representaciones diplomáticas pueden:

  • intentar promover la restitución voluntaria del menor y ayudar a buscar una solución amistosa
  • ayudar en el esclarecimiento del paradero del menor y de sus circunstancias
  • ayudar en la obtención de asistencia jurídica
  • ayudar en la búsqueda de información general sobre la legislación del Estado en cuestión
  • ayudar en la comunicación entre las partes interesadas
  • transmitir información y documentos relacionados con la restitución del menor a las autoridades y a la parte que solicita la restitución del menor
  • ayudar en la organización de la repatriación del menor.

Lo que no pueden hacer las representaciones diplomáticas

Las representaciones diplomáticas no pueden:

  • ayudar en la sustracción del menor para su retorno a su país
  • actuar en calidad de abogado
  • influir en un procedimiento judicial incoado en un tribunal local, ni en el resultado final de la resolución de un tribunal
  • actuar contra las leyes y los reglamentos del país en cuestión.

Incoación de un caso de sustracción de menores

Para incoar un caso de sustracción de menores, póngase en contacto con el Ministerio de Asuntos Exteriores personalmente o a través de un asistente jurídico. La unidad de asuntos consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores (en inglés) proporcionará instrucciones más detalladas para la presentación de la solicitud.