Las nuevas reglamentas a nivel nacional desde el 25 de agosto hasta el 30 de noviembre de 2020 (emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional)

  • Prohibidos eventos de concurrencia mayor a 50 personas donde no sea posible cumplir con los protocolos y distanciamiento de 2 mts.
  • Aislamiento preventivo recomendado para mayores de 70 años
  • Se reabren las carreteras del país y vuelos nacionales.
  • Seguimiento de protocolos estrictos de bioseguridad. Uso obligatorio de tapabocas
  • El Gobierno Nacional insta a continuar con el Teletrabajo para actividades cuya presencia no sea indispensable.

El decreto 193 del 26 de Agosto de 2020 de la Alcaldía de Bogotá implica:

  • Uso obligatorio de tapabocas.
  • Distanciamiento físico de dos metros Medidas de higiene y distanciamiento para el personal de 2 m, clientes y funcionamiento de los establecimientos y locales que abran al público.
  • Viaje en vehículo máximo 3 personas ( todos con tapabocas).
  • Seguirá el pico y cedula para ingresar a establecimientos.
  • Transporte público: Permitirá ocupación del 50% .
  • Prohibido venta y consumo de alcohol entre 9 pm y 10 am.
  • Los restaurantes podrán abrir sus puertas de jueves a domingo sin límite de horario
  • Las oficinas laborarán lunes, martes y viernes, a partir de las diez de la mañana. Deberá mantenerse el teletrabajo para todas las personas, de todos los sectores, cuya presencia no sea indispensable. Los miércoles y jueves no tendrán presencialidad.

El aeropuerto internacional El Dorado retomará su operación con 14 rutas nacionales aprobadas por el Gobierno Nacional. La apertura de jardines y colegios dependerá del comportamiento epidemiológico del resto de la ciudad y deberá concertarse entre todos los miembros de la comunidad educativa y el Distrito. Si bien es probable que en octubre se haya ampliado el cupo epidemiológico que permita su apertura, esto dependerá exclusivamente del cuidado que mantengan todos los sectores.